extranjería
Regularizar su situación, estudiar en España, traer a su familia u obtener la nacionalidad española son trámites en los que un error en la documentación puede suponer meses de retraso o una denegación.
En Tójar Ganivet Abogados preparamos su expediente con el nuevo Reglamento de Extranjería y le acompañamos hasta la resolución. Elija el trámite que necesita:
Tramitamos su autorización de estancia para estudiar en España con todas las garantías.
Ver servicioLe acompañamos en la solicitud del visado de estudios desde su país de origen.
Ver servicioCombinamos formación y arraigo para facilitar su regularización con una vía sólida y actual.
Ver servicioLe ayudamos a obtener el visado de nómada digital para trabajar desde España para empresas extranjeras.
Ver servicioLe guiamos en el proceso de nacionalidad española por residencia, con seguimiento hasta la resolución.
Ver servicioLe ayudamos a traer a sus familiares a España cumpliendo todos los requisitos legales.
Ver servicioTramitamos su autorización de residencia por arraigo sociolaboral si lleva tiempo viviendo en España.
Ver servicioLa normativa cambió en mayo de 2025. Compruebe si ahora puede acceder a una vía que antes no tenía.
2 años
de permanencia en España para solicitar la mayoría de los arraigos con el nuevo reglamento.
2 años
de residencia legal para pedir la nacionalidad si es de un país iberoamericano (10 años con carácter general).
30 horas
semanales que puede trabajar un estudiante extranjero con autorización de estancia por estudios.
Revisamos cada documento antes de presentarlo para evitar requerimientos y denegaciones.
Trabajamos con el nuevo Reglamento de Extranjería y le indicamos la vía más favorable para usted.
Le mantenemos informado del estado de su expediente en todo momento.
Le asesoramos en español esté en España o todavía en su país de origen.
Con el nuevo Reglamento de Extranjería, en vigor desde mayo de 2025, la mayoría de los arraigos exigen haber permanecido en España de forma continuada durante al menos 2 años. Además, cada tipo de arraigo tiene sus propios requisitos: un contrato de trabajo en el arraigo sociolaboral o una formación en el arraigo socioformativo, por ejemplo.
En el arraigo sociolaboral se presenta un contrato de trabajo que cumpla los requisitos legales. En el socioformativo, el compromiso es realizar una formación reglada o acreditada; la autorización permite además trabajar mientras se estudia. Le indicamos cuál encaja mejor con su situación.
Con carácter general, 10 años de residencia legal y continuada. El plazo se reduce a 2 años para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, y a 1 año en casos como estar casado con un español o haber nacido en España.
Sí, a través de la reagrupación familiar. Por regla general, debe llevar al menos un año de residencia legal en España y acreditar medios económicos suficientes y una vivienda adecuada para su familia.
Es una autorización que permite residir en España mientras trabaja en remoto para empresas extranjeras. Exige, entre otros requisitos, acreditar la relación laboral o profesional con esas empresas, experiencia o titulación, e ingresos suficientes.
Los antecedentes penales pueden impedir la concesión de muchas autorizaciones. Si ya ha cumplido la condena, en muchos casos es posible solicitar su cancelación antes de iniciar el trámite. Estudiamos su caso para indicarle cómo proceder.
¿Viene a España de viaje o a estudiar? Vea también Turistas y Estudiantes. ¿No sabe qué trámite necesita? Escríbanos y le orientamos.